ECONOMÍA


 Donativos


El sostenimiento de la Iglesia corre a cargo de los fieles cristianos, que ayudan con sus aportaciones voluntarias. La Parroquia recibe donativos para cumplir los fines de culto, caridad, mantenimiento y servicios de la misma. 

Pueden ser donativos puntuales o colaboraciones regulares mediante suscripciones por medio de una domiciliación bancaria.

Para donativos puntuales, el número de cuenta de la parroquia es:

C/C:          0075/0464/12/0700478560
IBAN: ES8400750464120700478560

Para colaboraciones regulares, rellene y presente  el formulario que se puede descargar pinchando en el siguiente enlace:


INFORMACIÓN IMPORTANTE: Todos los donativos que se realicen gozan de desgravación en el Impuesto sobre la Renta, según la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que ha sido modificada, con efectos desde el 1 de enero de 2015, en los siguientes términos:

Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el resultado de aplicar a la base de la deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción, determinada según lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley, la siguiente escala:

Base de deducción Importe hasta
Porcentaje de deducción
150 euros
75
Resto base de deducción
30

Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 35 por ciento.








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